Nace una nueva ley para el viñedo y el traspaso
miércoles, 24 de febrero de 2016
COMARCA · Castilla y León estrena una nueva legislación sobre ordenación del viñedo, adaptando la normativa sobre el nuevo régimen de autorizaciones de la Unión Europea y del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
La Junta de Castilla y León ha actualizado la legislación relativa al viñedo, las nuevas plantaciones y los traspasos de derechos entre propietarios, adaptando la normativa de la Unión Europea y las disposiciones del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sobre el nuevo régimen de autorizaciones a la región.
El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) del pasado lunes 1 de febrero recogía estas nuevas normas que a partir de ahora deberán cumplir los viticultores de la Comunidad.
En concreto, la nueva norma establece tres fórmulas para plantar viñedo que pasan por la conversión de los derechos vigentes hasta 2020 en autorizaciones de plantación, arrancar viñedo viejo propio para obtener la autorización de replantación u obtener nuevas autorizaciones de plantación de las concesiones otorgadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Según explicó Jerónimo Contreras, de Bodegas Castillejo, la normativa se centra especialmente en derechos por concesiones administrativas y supone, en muchos casos, un cambio de nomenclatura de algunos términos.
«Al viticultor profesional le va a afectar poco», explicó Contreras, quien consideró que la nueva legislación se centra en evitar el mercado especulativo y el mercadillo de derechos «que se va a limitar mucho», reconoció.
Aunque la ley acaba de salir y todavía requiere de estudio por parte de los profesionales del sector, como explicó el responsable de la bodega de Castillejo de Robledo, incluido en la D.O. Ribera del Duero, «hay que estar atento», especialmente aquellas personas que tengan derechos a punto de caducar, porque antes del fin de la fecha de propiedad deberán realizar cambios administrativos, autorizando plantaciones, en base a lo que supone, en muchos, «un cambio de nomenclatura», aseguró.
El horizonte para grandes cambios en el sector será el año 2023. El Magrama ha optado en su nuevo horizonte de trabajo por un criterio de equilibrio y de prudencia, dado que aún existen 68.051 has de derechos de viñedo en cartera, que deberán, primero, convertirse en autorizaciones de plantación y luego ejecutarse. Algo que podrán hacer hasta el año 2023, aunque ya el próximo 31 de julio caduca el plazo para que un 22% de ese cifra se ejecute.
Eso en cuanto a los viñedos, porque como explicó el responsable de la bodega soriana, a las bodegas la nueva legislación no les afecta directamente.
Otro de los cambios de la nueva orden se centra también en los plazos máximos de resolución de la administración, que varían tanto en forma como en contenido, ya que tras los tres meses que tienen para resolver antes se entendía que el silencio administrativo era una autorización, mientras que ahora interpreta ese silencio como una negativa.
Sin embargo, se reducirán de seis a tres meses los plazos para la resolución de los expedientes de replantación de viñedo y transformación de los derechos.
Contreras insistió en que la nueva normativa no va a afectar a aquel viticultor profesional que no quiera especular y que busca acabar con el mercado de los derechos, aunque también reconoce otros cambios como la superficie del SIGPAC que están, gracias a esta nueva orden, definidas de manera que se contemplan calles y linderos en los viñedos y las plantaciones.
En definitiva, la nueva normativa tiende a una mayor libertad de actuaciones y simplifica la tramitación, aunque mantiene la prohibición de plantar viñedos hasta 2030 excepto en tres casos, han informado hoy fuentes de la administración autonómica.
Uno de los requisitos principales para lograr una autorización de nueva plantación consiste en ser joven agricultor sin tener viñedo a su nombre en ninguno de los registros vitícolas de España, según los profesionales del sector.
A pesar de todo, esta normativa no interferirá en las recomendaciones de las organizaciones profesionales reconocidas, entre ellas las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, dos de los sellos de calidad que amparan la producción de vino en España.
Otra de las ventajas que se contemplan es la simplificación de los trámites administrativos para gestionar los permisos, que se hará cargo de los mismos la sección vitícola del Registro de Explotaciones de Castilla y León (REACYL).
La superficie de viñedo plantada actualmente en Castilla y León suma 75.335 hectáreas pertenecientes a unos 60.000 viticultores, de las cuales el 86 por ciento se encuentra amparadas bajo alguna denominación de origen o indicación geográfica protegida. Con el nuevo sistema de autorizaciones se evitarán los numerosos trámites burocráticos que conllevaba la autorización de los derechos, ya que desaparecen las transferencias de estos entre viticultores. Este procedimiento suponía tener que tramitar unos 1.400 expedientes al año en la región y un alto coste para el viticultor.
El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) del pasado lunes 1 de febrero recogía estas nuevas normas que a partir de ahora deberán cumplir los viticultores de la Comunidad.
En concreto, la nueva norma establece tres fórmulas para plantar viñedo que pasan por la conversión de los derechos vigentes hasta 2020 en autorizaciones de plantación, arrancar viñedo viejo propio para obtener la autorización de replantación u obtener nuevas autorizaciones de plantación de las concesiones otorgadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Según explicó Jerónimo Contreras, de Bodegas Castillejo, la normativa se centra especialmente en derechos por concesiones administrativas y supone, en muchos casos, un cambio de nomenclatura de algunos términos.
«Al viticultor profesional le va a afectar poco», explicó Contreras, quien consideró que la nueva legislación se centra en evitar el mercado especulativo y el mercadillo de derechos «que se va a limitar mucho», reconoció.
Aunque la ley acaba de salir y todavía requiere de estudio por parte de los profesionales del sector, como explicó el responsable de la bodega de Castillejo de Robledo, incluido en la D.O. Ribera del Duero, «hay que estar atento», especialmente aquellas personas que tengan derechos a punto de caducar, porque antes del fin de la fecha de propiedad deberán realizar cambios administrativos, autorizando plantaciones, en base a lo que supone, en muchos, «un cambio de nomenclatura», aseguró.
El horizonte para grandes cambios en el sector será el año 2023. El Magrama ha optado en su nuevo horizonte de trabajo por un criterio de equilibrio y de prudencia, dado que aún existen 68.051 has de derechos de viñedo en cartera, que deberán, primero, convertirse en autorizaciones de plantación y luego ejecutarse. Algo que podrán hacer hasta el año 2023, aunque ya el próximo 31 de julio caduca el plazo para que un 22% de ese cifra se ejecute.
Eso en cuanto a los viñedos, porque como explicó el responsable de la bodega soriana, a las bodegas la nueva legislación no les afecta directamente.
Otro de los cambios de la nueva orden se centra también en los plazos máximos de resolución de la administración, que varían tanto en forma como en contenido, ya que tras los tres meses que tienen para resolver antes se entendía que el silencio administrativo era una autorización, mientras que ahora interpreta ese silencio como una negativa.
Sin embargo, se reducirán de seis a tres meses los plazos para la resolución de los expedientes de replantación de viñedo y transformación de los derechos.
Contreras insistió en que la nueva normativa no va a afectar a aquel viticultor profesional que no quiera especular y que busca acabar con el mercado de los derechos, aunque también reconoce otros cambios como la superficie del SIGPAC que están, gracias a esta nueva orden, definidas de manera que se contemplan calles y linderos en los viñedos y las plantaciones.
En definitiva, la nueva normativa tiende a una mayor libertad de actuaciones y simplifica la tramitación, aunque mantiene la prohibición de plantar viñedos hasta 2030 excepto en tres casos, han informado hoy fuentes de la administración autonómica.
Uno de los requisitos principales para lograr una autorización de nueva plantación consiste en ser joven agricultor sin tener viñedo a su nombre en ninguno de los registros vitícolas de España, según los profesionales del sector.
A pesar de todo, esta normativa no interferirá en las recomendaciones de las organizaciones profesionales reconocidas, entre ellas las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, dos de los sellos de calidad que amparan la producción de vino en España.
Otra de las ventajas que se contemplan es la simplificación de los trámites administrativos para gestionar los permisos, que se hará cargo de los mismos la sección vitícola del Registro de Explotaciones de Castilla y León (REACYL).
La superficie de viñedo plantada actualmente en Castilla y León suma 75.335 hectáreas pertenecientes a unos 60.000 viticultores, de las cuales el 86 por ciento se encuentra amparadas bajo alguna denominación de origen o indicación geográfica protegida. Con el nuevo sistema de autorizaciones se evitarán los numerosos trámites burocráticos que conllevaba la autorización de los derechos, ya que desaparecen las transferencias de estos entre viticultores. Este procedimiento suponía tener que tramitar unos 1.400 expedientes al año en la región y un alto coste para el viticultor.
Informa Ana Hernando