El Bocyl recoge la modificación 26 de las normas de urbanismo

El Bocyl recoge la modificación 26 de las normas de urbanismo
lunes, 17 de febrero de 2014

URBANISMO · El Boletín Oficial de Castilla y León recogió en su edición del 28 de enero la información pública de la modificación número 26 de las normas subsidiarias municipales de San Esteban de Gormaz.

Estas normas fueron aprobadas inicialmente en la última sesión plenaria celebrada el pasado 9 de enero en la localidad ribereña.

Este cambio en el planeamiento urbanístico de la localidad se basa en la memoria redactada por Sergio Louzán Saavedra, arquitecto municipal de la localidad, y su expediente se somete durante los dos próximos meses a información pública para que pueda ser examinado por los interesados y se puedan formular las alegaciones que se consideren oportunas. Por eso, tal y como recoge el anuncio oficial, la documentación se podrá consultar en las oficinas municipales del Consistorio en horario de atención al público, de lunes a viernes de 9 a 14 y a través de la web del Ayuntamiento.

La zona afectada por la nueva modificación, que sólo fue aprobada en la sesión plenaria con el apoyo del equipo de Gobierno, afecta al área conocida como urbanización La Vega que discurre entre la Avenida de Valladolid y la calle Camino de la Vega, al este de la localidad ribereña, donde se han construido distintas unifamiliares en los últimos años.

Tal y como recoge la memoria que pueden consultar los afectados, la modificación de estas normas de 1995 afecta a de denominada zona 3, ciudad jardín, relativo a las condiciones particulares de volumen y ocupación de las construcciones destinadas a garajes y anejos vinculados a usos residenciales, buscando regular estas construcciones porque, en los últimos años, “su ámbito de ejecución sin control ha degradado y alterado las características de la tipología de vivienda unifamiliar del ámbito”, tal y como reza la memoria vinculante.

La modificación que se somete a exposición pública propone que en el área afectada se autoricen las construcciones destinadas a estos usos no integrados en el edificio principal, sujetas a ciertas condiciones como el respeto del retranqueo mínimo de cinco metros a la alineación exterior, estando permitido adosarse a linderos.

En el caso de algunas parcelas que limitan con la Avenida de Valladolid, donde se produce un cambio de rasante, se permitirá que en dichas parcelas este tipo de construcciones se adosen a la alineación de la vía principal, siempre que no sobrepasen la altura de 1,5 metros sobre la rasante de la calle.

Además se permite una ocupación adicional del 10% de la parcela, sobre el 25% actual, para este tipo de uso, que no computará edificabilidad y que deberá ajustarse a una altura máxima de cornisa de 2,5 metros y de 3 metros de cumbrera, con una cubierta inclinada de teja hacia el interior de la parcela con una pendiente mínima del 30%.

Como última apreciación, se explica que los cerramientos exteriores podrán ser de fábrica de hasta un metro y los interiores de las parcelas de hasta 1,8 metros, pudiendo completarse hasta los dos metros con setos vegetales o protección diáfana.
Informa Ana Hernando