El miércoles se abre la media veda de caza en la provincia

El miércoles se abre la media veda de caza en la provincia
jueves, 9 de agosto de 2012

DEPORTES · Para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al 21 de agosto. La caza menor se abrirá el 28 de octubre y el jabalí el 23 de septiembre.

La temporada de caza conocida como media veda se iniciará en Soria el próximo miércoles, 15 de agosto, y estará vigente hasta el 16 de septiembre, periodo en el que se podrán cazar 6 especies: codorniz, tórtola común y paloma torcaz (a partir del día 21 de agosto), urraca, corneja y zorro. No es cazable en este período la paloma bravía.

La gestión cinegética mayoritaria de Soria es de régimen privado.

Existen 464 cotos de este tipo, que en su totalidad suman 872.570 ha, lo que supone más del 85% del territorio provincial.

Los terrenos cinegéticos cuya gestión recae directamente sobre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente (unas 118.147 ha, es decir, cerca del 12% de la provincia) son los siguientes: Reserva Regional de Caza de Urbión: 115.895 ha; Zonas de Caza Controlada: Valduérteles (690 ha), Velasco (727 ha) y Ágreda (835 ha).

El calendario aprobado para la media veda en Soria, según la Resolución de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente BOCyL de 20 de julio pasado), por la que se fijan los días hábiles de caza para la media veda en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, oídos los Consejos Territoriales de Caza y el Consejo de Caza de Castilla y León, es el siguiente:

En agosto los días 15, 16, así como los fines de semana y martes y jueves. Hasta el 16 de septiembre el calendario también será martes, jueves, sábados y domingos.

Este período es válido para todas las especies cazables en la media veda, si bien, para la tórtola común y la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al día 21 de agosto.

Los días fijados como hábiles para la práctica de la caza de las especies incluidas en la media veda deben entenderse como máximos, por lo que, el titular o los titulares de los cotos podrán, a la vista de la evolución de las distintas especies, reducir el número de días, establecer cupos o fijar el horario en el que ha de practicarse ésta.
Informa Ana Hernando