El Ayuntamiento destina 15.000 euros a subvenciones de fachadas
viernes, 9 de noviembre de 2012
ASOCIACIONES · Las bases ya han sido publicadas en el BOP por lo que ya está abierto el plazo para presentar las solicitudes en el Consistorio.
El Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz aprobó en el último pleno, con los votos a favor de PP y PSOE y la abstención de AMISE, las bases de las ayudas para la recuperación de inmuebles en el Conjunto Histórico Artístico de la localidad, para las que el consistorio ha reservado una partida presupuestaria de 14.834 euros.
El objetivo de la convocatoria que es otorgar una ayuda económica a los propietarios de inmuebles situadas en el conjunto histórico de la localidad y que lleven a cabo actuaciones de restauración destinadas a la recuperación completa tanto de fachadas como de cubiertas de los edificios que posean valores arquitectónicos, históricos o culturales dignos de protección, incluyendo los edificios característicos de la arquitectura popular de la región.
Las ayudas se aplicará exclusivamente a aquellos edificios que cumplan la función de vivienda, incluidas en la delimitación del Conjunto Histórico, que las obras se ajusten a las normas subsidiarias y al plan especial de protección al casco histórico municipal y que tengan una antigüedad superior a los quince años.
Las obras a financiarse serán desde restauración en fachadas, reparación o sustitución total o parcial de las cubiertas, tanto en su totalidad como en cualquiera de sus elementos.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios de inmuebles, individualmente o agrupados, los arrendatarios de las viviendas, siempre que tengan la autorización del propietario, y las comunidades de propietarios, cuando sean los promotores de las obras.
La cuantía máxima de la ayuda por expediente podría alcanzar el 75% de la presupuesto de ejecución material de las obras, aunque no podrá exceder de 1.500 euros por obra.
Del precio total deben excluirse los gastos generales y de beneficio industrial, así como el IVA u otros tributos, siendo el beneficiario el que financie el resto del importe que no cubra la ayuda.
Si un mismo expediente, incluye obras de fachada y cubierta, se computará como dos actuaciones distintas, a la hora de determinar los máximos de ayuda.
En este ejercicio tendrán carácter preferente las actuaciones a realizar en los entornos BIC de las iglesias de San Miguel y el Rivero, siempre que alcancen la puntuación mínima exigida. Una vez examinados estos expedientes serán valorados el resto.
Todas las solicitudes de ayuda serán clasificadas en base al siguiente baremo. Otorgarán 20 puntos por la situación del inmueble en áreas elegidas como prioritarias.
Se puntuará en base al grado de protección del edificio, con 17 puntos para la integral, 15 para la estructural y 10 para la ambiental. Para las obras que afecten a la fachada en espacio público serán 15 puntos, mientras que si es fachada en espacio privado los puntos serán 10, la misma puntuación que para las obras a llevar a cabo en las cubiertas.
Los inmuebles con una antigüedad superior a 40 años también tendrán 15 puntos, mientras que si el destino del inmueble es para vivienda recibirá 10 puntos, otorgando cinco a los que tengan otros usos compatibles.
Además si el presupuesto de las obras, en lo que se refiere a partidas subvencionables, es de hasta 6.000 euros recibirán 5 puntos y en caso de que supere esta cantidad 10 puntos.
Para tener derecho a esta ayuda es preciso alcanzar los 40 puntos, salvos casos excepcionales debidamente justificados en razones de interés público por el órgano encargado de la resolución de las subvenciones.
Las solicitudes deberán presentarse en las oficinas municipales de la localidad en un plazo de treinta días naturales desde que se publiquen las bases íntegras en el BOP.
Las bases también recogen que, en caso de remanente, se podrán subvencionar otros expedientes que se presenten fuera de plazo, y cumplan el resto de las condiciones establecidas en la Ordenanza y que en caso de que haya sobrante presupuestario se destinará a la partida de 2013.
El objetivo de la convocatoria que es otorgar una ayuda económica a los propietarios de inmuebles situadas en el conjunto histórico de la localidad y que lleven a cabo actuaciones de restauración destinadas a la recuperación completa tanto de fachadas como de cubiertas de los edificios que posean valores arquitectónicos, históricos o culturales dignos de protección, incluyendo los edificios característicos de la arquitectura popular de la región.
Las ayudas se aplicará exclusivamente a aquellos edificios que cumplan la función de vivienda, incluidas en la delimitación del Conjunto Histórico, que las obras se ajusten a las normas subsidiarias y al plan especial de protección al casco histórico municipal y que tengan una antigüedad superior a los quince años.
Las obras a financiarse serán desde restauración en fachadas, reparación o sustitución total o parcial de las cubiertas, tanto en su totalidad como en cualquiera de sus elementos.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los propietarios de inmuebles, individualmente o agrupados, los arrendatarios de las viviendas, siempre que tengan la autorización del propietario, y las comunidades de propietarios, cuando sean los promotores de las obras.
La cuantía máxima de la ayuda por expediente podría alcanzar el 75% de la presupuesto de ejecución material de las obras, aunque no podrá exceder de 1.500 euros por obra.
Del precio total deben excluirse los gastos generales y de beneficio industrial, así como el IVA u otros tributos, siendo el beneficiario el que financie el resto del importe que no cubra la ayuda.
Si un mismo expediente, incluye obras de fachada y cubierta, se computará como dos actuaciones distintas, a la hora de determinar los máximos de ayuda.
En este ejercicio tendrán carácter preferente las actuaciones a realizar en los entornos BIC de las iglesias de San Miguel y el Rivero, siempre que alcancen la puntuación mínima exigida. Una vez examinados estos expedientes serán valorados el resto.
Todas las solicitudes de ayuda serán clasificadas en base al siguiente baremo. Otorgarán 20 puntos por la situación del inmueble en áreas elegidas como prioritarias.
Se puntuará en base al grado de protección del edificio, con 17 puntos para la integral, 15 para la estructural y 10 para la ambiental. Para las obras que afecten a la fachada en espacio público serán 15 puntos, mientras que si es fachada en espacio privado los puntos serán 10, la misma puntuación que para las obras a llevar a cabo en las cubiertas.
Los inmuebles con una antigüedad superior a 40 años también tendrán 15 puntos, mientras que si el destino del inmueble es para vivienda recibirá 10 puntos, otorgando cinco a los que tengan otros usos compatibles.
Además si el presupuesto de las obras, en lo que se refiere a partidas subvencionables, es de hasta 6.000 euros recibirán 5 puntos y en caso de que supere esta cantidad 10 puntos.
Para tener derecho a esta ayuda es preciso alcanzar los 40 puntos, salvos casos excepcionales debidamente justificados en razones de interés público por el órgano encargado de la resolución de las subvenciones.
Las solicitudes deberán presentarse en las oficinas municipales de la localidad en un plazo de treinta días naturales desde que se publiquen las bases íntegras en el BOP.
Las bases también recogen que, en caso de remanente, se podrán subvencionar otros expedientes que se presenten fuera de plazo, y cumplan el resto de las condiciones establecidas en la Ordenanza y que en caso de que haya sobrante presupuestario se destinará a la partida de 2013.
Informa Ana Hernando