La Junta publica la normativa que regula la pesca del cangrejo

La Junta publica la normativa que regula la pesca del cangrejo
lunes, 16 de mayo de 2011

DEPORTES · Se puede pescar desde el 12 de junio, a excepción de un tramo del río Tera y otro del Razón, que se desveda el día 1 de julio, y de un tramo del río Duero, dos del Ucero, uno del Andaluz y otro del Abión, que será a partir del 1 de agosto.

La Junta de Castilla y León publicó el viernes, en el Bocyl, la normativa para la pesca del cangrejo señal en la provincia de Soria, cuya desveda se inicia el domingo 12 de junio y concluye el 31 de agosto, con las excepciones de un tramo del río Tera y otro del Razón, que comienza el día 1 de julio, y un tramo del río Duero, dos del Ucero, uno del Andaluz y otro del Abión, que será a partir del 1 de agosto.

Se establecen 38 tramos libres, en 37 se podrá ejercer la pesca los martes, jueves, sábados, domingos y festivos y en uno del río Duero los martes y jueves.

El cupo de capturas es de 48 unidades, estableciéndose que la talla mínima será superior a 8 cm, medidos entre el extremo de la cabeza y el extremo central de la cola. Se deberán devolver al río inmediatamente y en perfectas condiciones de supervivencia los ejemplares que no alcancen la talla mínima.

No se podrá retener en ningún momento del ejercicio de la pesca un número de ejemplares de cangrejo señal superior al cupo establecido para cada tramo de libre acceso. El número máximo de reteles (único medio de captura autorizado) por pescador en 6.

El horario de pesca permitido en los tramos de Soria es el previsto con carácter general en el artículo 23.3 de la Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León, es decir, que la pesca estará autorizada solamente de día, entendiéndose como tal período el comprendido desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta.

El tamaño máximo autorizado en los reteles es de 42 centímetros de diámetro. Los reteles deberán ser calados en un tramo total no superior a 75 metros de distancia. Todos los reteles deberán estar identificados con una tarjeta en la que conste el nombre, apellidos y D.N.I. del pescador. Solamente estará permitido el uso de cebos muertos.

El empleo de trozos de pescado se considera, a estos efectos, como cebo muerto.

En los tramos de libre acceso, durante la pesca deberán extraerse de las aguas los ejemplares de cangrejo rojo que se capturen, sin límite en número ni en talla.

Una vez cubierto el cupo de capturas de cangrejo señal, no podrá proseguirse la pesca de cangrejo rojo, debiendo retirarse los reteles definitivamente de las aguas. Asimismo, cualquier ejemplar de cangrejo de río autóctono que pudiera capturarse deberá ser devuelto sin daño inmediatamente a las aguas.

Se prohíbe la introducción de ejemplares de cualquier especie de cangrejo en otra aguas, pues esta acción puede causar gravísimos perjuicios a las poblaciones de cangrejo autóctono que aún sobreviven en algunas aguas de Castilla y León y sin perjuicio de las responsabilidades legales que tal acción pudiera suponer.

Dada la problemática existente con la posible colonización de los ríos de Castilla y León por el mejillón cebra y por el moco de roca, en todos los tramos libres se desinfectarán los utensilios, botas, reteles, vadeadores¿ sumergiéndolos en agua clorada durante unos minutos (cuatro gotas de lejía por litro de agua), antes y después de cada jornada de pesca. Como norma general, se mantendrán los equipos limpios y secos evitando que quede agua o humedad dentro de los mismos.

La normativa establece para la temporada 2011 un tramo de libre acceso a la pesca del cangrejo señal en la provincia de Ávila, tres en Burgos, trece en Palencia, veintidós en Segovia, treinta y ocho en Soria y dos en Zamora, así como catorce tramos acotados en la provincia de Burgos, siete en León, tres en Palencia, uno en Valladolid y uno en Zamora.

La normativa aplicable para el ejercicio de la pesca difiere en función del tipo de masas de agua autorizadas y provincias.

El tramo del Duero habilitado es desde Almazán hasta el límite provincial con Burgos, martes, jueves, sábados, domingos y festivos. Esta norma es aplicable también para los ríos Rejas y Pedro.
Informa Ana Hernando